POR ESTE MEDIO SE LES HACE EL SIGUIENTE COMUNICADO ESTUDIANTIL CON RESPECTO A LA BECA DE
EXENCIÓN DEL PAGO DE COLEGIATURA 2.13.14, SE ENCUENTRA PREVISTA EN EL TITULO
CUARTO CAPITULO UNO DE LOS LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS
INSTITUCIONALES, LOS ALUMNOS QUE SEAN BENEFICIADOS CON DICHA BECA NO
PODRÁN PARTICIPAR PARA SER ACREEDORES A CUALQUIER OTRO TIPO DE BECAS
(OPORTUNIDADES, SEMS, ESTATAL) DEBIDO A QUE NO DEBEN DE HABER ALUMNOS CON BECAS
DUPLICADAS!, YA QUE ES EL MISMO RECURSO FEDERAL QUE ESTARIAN APLICANDO, EJEMPLOS:
1. SI SOY ALUMNO BECADO EN OPORTUNIDADES Y TENGO DE PROMEDIO SEMESTRAL DE 9.5 O/A 10, NO PODRE SER BENEFICIADO A LA BECA EXENCIÓN DE PAGO DE COLEGIATURA.
2. SI SOY ALUMNO BECADO EN SEMS Y TENGO DE PROMEDIO SEMESTRAL DE 9.5 O/A 10, NO PODRE SER BENEFICIADO A LA BECA EXENCIÓN DE PAGO DE COLEGIATURA.
3. SI SOY ALUMNO SIN NINGUN TIPO DE BECA, Y TENGO DE PROMEDIO SEMESTRAL DE 9.5 O/A 10, SI PODRE ENTRAR A LA BECA EXENCIÓN DE PAGO COLEGIATURA, SIEMPRE Y CUANDO LA SOLICITE POR MEDIO DE OFICIO DIRIGIDO AL DIRECTOR DEL PLANTEL.
CUAL QUIER DUDA O ACLARACIÓN, PASAR A CONTROL ESCOLAR.
ATTE: JEFATURA DE PROYECTO DE SERVICIOS ESCOLARES!
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